Los requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son: Realizar las operaciones de procesado y tratamiento de materiales fotosensibles expuestos, ajustándose a procesos, procedimientos y tiempos establecidos y a las especificaciones del cliente, consiguiendo la calidad requerida y actuando en condiciones de seguridad.
Descripción
Este título fue creado mediante la publicación del Real Decreto 2037/1995.
Identificación
Ciclo: Grado Medio
Denominación: Técnico en Laboratorio de Imagen
Unidades de competencia incluidas en este título:
- Revelar soportes fotosensibles.
- Realizar y controlar los procesos de positivado y ampliación en blanco y negro y color.
- Tratar imágenes fotográficas por procedimientos digitales.
- Realizar la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa o taller.
Capacidades profesionales
a) | Interpretar correctamente las instrucciones, manuales de operación de equipos y máquinas y procesos de revelado, positivado, ampliación y tratamientos de materiales fotográficos; las especificaciones técnicas de los materiales y productos y en general todos los datos que le permitan la preparación, puesta a punto y desarrollo de los procesos. |
b) | Realizar con destreza las operaciones de revelado, positivado, ampliación y tratamiento de material fotosensible de color o blanco/negro, de cualquier formato, utilizando los equipos y procedimientos adecuados, evaluando el resultado de esa ejecución para conseguir la calidad establecida. |
c) | Responder de la correcta preparación, buen funcionamiento y puesta a punto de máquinas, útiles y materiales. |
d) | Participar en las pruebas, mejoras y ensayos que impliquen un óptimo aprovechamiento de las instalaciones, equipos y materiales. |
e) | Poseer una visión de conjunto y coordinada de las fases del proceso de revelado, positivado, ampliación en blanco y negro y color, por procedimientos analógicos y digitales. |
f) | Realizar las operaciones de control de calidad del procesado, aplicando los procedimientos establecidos. |
g) | Interpretar la información de los instrumentos de medida y control e intervenir sobre los parámetros técnicos para que el procesado se realice dentro de las tolerancias admitidas. |
h) | Actuar en todo momento cumpliendo las normas de seguridad personal y medioambiental. |
i) | Adaptarse a diversos puestos de trabajo dentro del ámbito del procesado y tratamiento de material fotosensible y a las nuevas situaciones laborales generadas como consecuencia de los cambios producidos en las tecnologías relacionadas con su profesión. |
j) | Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado, colaborando en la consecución de los objetivos asignados, respetando el trabajo de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros de igual o inferior nivel de cualificación. |
k) | Resolver problemas y tomar decisiones individuales siguiendo normas establecidas, consultando dichas decisiones cuando sus repercusiones económicas, estéticas o de seguridad sobrepasen su ámbito de responsabilidad. |
l) | Ejecutar un conjunto de acciones, de contenido politécnico y/o polifuncional, de forma autónoma en el marco de las técnicas propias de su profesión, bajo métodos establecidos. |
Normativa
- Corrección de errores de la Orden de 29 de septiembre de 2006, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio, correspondiente al título de Técnico en Laboratorio de Imagen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón, num 25 de 28 de Febrero de 2007).
- Orden de 29 de septiembre de 2006, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio, correspondiente al título de Técnico en Laboratorio de Imagen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón, núm. 126 de 30 de octubre de 2006).